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ACCION INTERNACIONAL CONTRA EL CAMBIO CLIMATICO
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Carlos Lao
ACCION INTERNACIONAL CONTRA EL CAMBIO CLIMATICO
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Carlos Lao
Se acaba de celebrar en Barcelona, el último de los encuentros preparatorios de la Quincuagésima Conferencia de las Partes (COP 15) que se celebrará en Copenhague del 7 al 18 de Diciembre de 2009, por cierto sin resultados demasiado alentadores. Con este motivo, vamos a dedicar dos ó tres artículos (según vayan saliendo), a analizar (desde un punto de vista multidisciplinar), el cambio climático actual, o sea el producido por el incremento de la concentración de gases de efecto invernadero en la atmósfera, debido a la actividad humana.
Comenzaremos hablando de POLITICA, con mayúsculas.
2ª PARTE
LA CONVENCION MARCO DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL CAMBIO CLIMÁTICO. Como hemos dicho, es una estructura creada por los gobiernos para englobar los esfuerzos encaminados a proteger el sistema climático. El texto de la Convención fija como objetivo, “La estabilización de las concentraciones de gases de efecto invernadero en la atmósfera a un nivel que impida interferencias antropógenas peligrosas para el sistema climático. Este nivel debería alcanzarse en un plazo suficiente para permitir que los ecosistemas se adapten naturalmente al cambio climático, asegurar que la producción de alimentos no se vea amenazada y permitir que el desarrollo económico prosiga de forma sostenible”.
Los estados miembros o “partes”, fundaron la Conferencia de las Partes (COP), como máxima autoridad de la Convención, con poder de decisión. La COP se reúne anualmente, examina la aplicación de la Convención, el cumplimiento de los compromisos de las partes en función de los objetivos señalados, establece futuros compromisos etc. Para el ejercicio de sus funciones creó dos órganos subsidiarios: el Órgano Subsidiario de Asesoramiento Científico y Tecnológico (OSACT) y el Órgano Subsidiario de Ejecución (OSE). Quizás el mayor éxito logrado por la Conferencia de las Partes fue la aprobación en 1997 del Protocolo de Kioto.
PROTOCOLO DE KIOTO: Aprobado en la tercera Reunión de la Conferencia de las Partes (COP3, 1.997), supone un paso adelante, ya que cuantifica los esfuerzos, jurídicamente vinculantes, a que se compromete cada uno de los países firmantes de la Convención, para limitar o reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero. A mi entender, ahí está la verdadera importancia del Protocolo la firma de compromisos cuantificados (hasta este momento solo se habían firmado documentos de buenas intenciones).
La ratificación del Protocolo de Kyoto que exige el compromiso de al menos 55 países que emitan entre todos al menos el 55% de las emisiones del año base (1.990) ha sido difícil y lenta, podemos señalar algunos hitos importantes:
- Mayo de 2002, ratificación del Protocolo por parte de la Unión Europea, previa aprobación de los parlamentos nacionales
- Noviembre de 2004, Rusia ratifica el Protocolo abriendo la puerta para su aprobación, ya que con ello e alcanza el objetivo del 55% de emisiones
- 16 de Febrero de 2005, entrada en vigor del Protocolo
Aunque los objetivos propuestos son modestos, - emitir de media a nivel mundial, durante los años 2008-2012, una cantidad de gases de efecto invernadero (Anhídrido Carbónico, Metano, Óxido Nitroso, Hidrofluorocarbono, Perfluorocarbono, y Hexafluoruro de azufre), un 5,2 % inferior a la emitida durante el año base 1990. Son modestos porque se calcula que de seguir al ritmo actual, la duplicación de la concentración de CO2 respecto a la concentración en la era preindustrial se alcanzará en unos 50 o 75 años, la aplicación del Protocolo supone únicamente retrasar esta cifra en unos 7 años-, la lentitud en la ratificación del Protocolo, nos indica que su aplicación plantea problemas, a corto plazo, puede afectar negativamente a la economía y al empleo de los países implicados, a largo plazo el coste de la inacción oscila entre un 1 y un 5 % de PIB, según el IPCC(2) y entre un 5 y 20 % de PIB según el famoso informe Stern(3). Con estos datos es obvio que su aplicación exige a las autoridades, coraje, visión a largo plazo, altura de miras…, y exige medidas como reparto de esfuerzo, eficiencia energética…
Para facilitar su implementación, y salvar alguna de las dificultades indicadas, el protocolo incluye, además de recomendaciones sobre los mecanismos adecuados para lograr el objetivo propuesto, dos aspectos importantes:
- Noviembre de 2004, Rusia ratifica el Protocolo abriendo la puerta para su aprobación, ya que con ello e alcanza el objetivo del 55% de emisiones
- 16 de Febrero de 2005, entrada en vigor del Protocolo
Aunque los objetivos propuestos son modestos, - emitir de media a nivel mundial, durante los años 2008-2012, una cantidad de gases de efecto invernadero (Anhídrido Carbónico, Metano, Óxido Nitroso, Hidrofluorocarbono, Perfluorocarbono, y Hexafluoruro de azufre), un 5,2 % inferior a la emitida durante el año base 1990. Son modestos porque se calcula que de seguir al ritmo actual, la duplicación de la concentración de CO2 respecto a la concentración en la era preindustrial se alcanzará en unos 50 o 75 años, la aplicación del Protocolo supone únicamente retrasar esta cifra en unos 7 años-, la lentitud en la ratificación del Protocolo, nos indica que su aplicación plantea problemas, a corto plazo, puede afectar negativamente a la economía y al empleo de los países implicados, a largo plazo el coste de la inacción oscila entre un 1 y un 5 % de PIB, según el IPCC(2) y entre un 5 y 20 % de PIB según el famoso informe Stern(3). Con estos datos es obvio que su aplicación exige a las autoridades, coraje, visión a largo plazo, altura de miras…, y exige medidas como reparto de esfuerzo, eficiencia energética…
Para facilitar su implementación, y salvar alguna de las dificultades indicadas, el protocolo incluye, además de recomendaciones sobre los mecanismos adecuados para lograr el objetivo propuesto, dos aspectos importantes:
· División de los países según su grado de desarrollo (esto ya figura en la Convención), de forma que los objetivos son jurídicamente vinculante, solo para los países desarrollados.
· Mecanismos de flexibilidad, diseñados para ayudar a los países afectados por el recorte a cumplir los objetivos marcados, permite “descontar” emisiones mediante mecanismos de intercambio de emisiones entre países:
- Mecanismo de desarrollo limpio (MDL): Permite financiar proyectos de desarrollo sostenible en terceros países y anotarse la reducción de emisiones conseguida. Se ha revelado como un instrumento eficaz para incentivar la transferencia de tecnología limpia a los países en vías de desarrollo y propiciar que su crecimiento económico no se vea frenado por la disminución de la emisión de gases de efecto invernadero
- Comercio de derechos de emisión, permite la adquisición de derechos de emisión a otros países, que tienen más fácil (más barato), conseguir una reducción de las mismas. Ha inducido la creación de un mercado de derechos de emisión de ámbito comunitario, (Directiva 2003/87/CE), que cubre las emisiones de CO2 de más de 10000 instalaciones en los 27 Estados miembros.
EL PROTOCOLO DE KIOTO Y ESPAÑA: Los quince países que formaban parte de la Unión Europea cuando se adoptó y ratificó el Protocolo, de conformidad con las reglas en él establecidas, acordaron redistribuir el objetivo comunitario entre los estados miembros (reducir sus emisiones un 8 % respecto al año base). Como consecuencia de esta distribución (reparto de la carga), España considerada una economía en transición, puede incrementar en un 15% sus emisiones respecto al año base, 1990, no podemos quejarnos del reparto, si consideramos que Alemania debe reducirlas en un 21%, Dinamarca en un 21%, Luxemburgo en un 7,8%, etc.
Para cumplir el objetivo se dictaron una serie de normas:
27/08/2004: Real Decreto que regula el comercio de emisiones
21/01/2005: Plan nacional de asignación de derechos de emisión
Evidentemente el cumplimiento del objetivo requiere una adaptación progresiva de la industria, del transporte…, y por ahora parece que no vamos bien. Si se observa la gráfica adjunta(4), en la que aparecen en porcentaje las emisiones totales
de España y de la UE desde el año 1990 (año base, por tanto en porcentaje se le da el valor 100), y el objetivo marcado, vemos que la UE, ha mantenido sus emisiones, y no está lejos conseguir el objetivo propuesto, sin embargo, nosotros no hemos dejado de incrementar la emisión de gases de efecto invernadero, hemos sobrepasado con creces el objetivo del 115 %, estamos emitiendo un 152 %, o sea que algo no estamos haciendo bien.· Mecanismos de flexibilidad, diseñados para ayudar a los países afectados por el recorte a cumplir los objetivos marcados, permite “descontar” emisiones mediante mecanismos de intercambio de emisiones entre países:
- Mecanismo de desarrollo limpio (MDL): Permite financiar proyectos de desarrollo sostenible en terceros países y anotarse la reducción de emisiones conseguida. Se ha revelado como un instrumento eficaz para incentivar la transferencia de tecnología limpia a los países en vías de desarrollo y propiciar que su crecimiento económico no se vea frenado por la disminución de la emisión de gases de efecto invernadero
- Comercio de derechos de emisión, permite la adquisición de derechos de emisión a otros países, que tienen más fácil (más barato), conseguir una reducción de las mismas. Ha inducido la creación de un mercado de derechos de emisión de ámbito comunitario, (Directiva 2003/87/CE), que cubre las emisiones de CO2 de más de 10000 instalaciones en los 27 Estados miembros.
EL PROTOCOLO DE KIOTO Y ESPAÑA: Los quince países que formaban parte de la Unión Europea cuando se adoptó y ratificó el Protocolo, de conformidad con las reglas en él establecidas, acordaron redistribuir el objetivo comunitario entre los estados miembros (reducir sus emisiones un 8 % respecto al año base). Como consecuencia de esta distribución (reparto de la carga), España considerada una economía en transición, puede incrementar en un 15% sus emisiones respecto al año base, 1990, no podemos quejarnos del reparto, si consideramos que Alemania debe reducirlas en un 21%, Dinamarca en un 21%, Luxemburgo en un 7,8%, etc.
Para cumplir el objetivo se dictaron una serie de normas:
27/08/2004: Real Decreto que regula el comercio de emisiones
21/01/2005: Plan nacional de asignación de derechos de emisión
Evidentemente el cumplimiento del objetivo requiere una adaptación progresiva de la industria, del transporte…, y por ahora parece que no vamos bien. Si se observa la gráfica adjunta(4), en la que aparecen en porcentaje las emisiones totales
Causas, parecen evidentes, el modelo económico actual asocial, el crecimiento al consumo energético, y a pesar de que las energías renovables van ganando terreno cada día, (en la madrugada del día 8 al 9, más de 50% de la energía eléctrica fue producido por la energía eólica), casi el 80% de las emisiones tienen su origen en la producción de electricidad, combustibles y usos finales de la energía.
Para intentar cumplir nuestros compromisos, se publicó el 20/07/2007 el Plan de Medidas Urgentes de la Estrategia Española de Cambio Climático y Energía Limpia, y queda claro que tendremos que acudir a los Mecanismos de Desarrollo Limpio, para no vernos penalizados.
3.- www.mma.es/portal/secciones/cambio_climatico/documentacion_cc/divulgacion/
4.- www.mma.es/portal/secciones/calidad_contaminacion/indicadores_ambientales